Subpilocereus mortensenii
Planta arborescente de hasta 8 m de alto, ramas de hasta 5 m de largo,
cuando joven verde oscuro, densamente serosa, azul verdoso con la edad; costillas de las
ramas en número de 8-9, aréolas, redondas, grisáceas claro, muy lanudas; espina central de
1-2, robusta, de color amarillento, espinas marginales de 5-7, delgadas, fuertes, marrón a gris.
Pseudo-cefalio altamente desarrollado, peludo; flores blanco cremoso, 6 cm de largo. Frutos
globosos, deprimidos.
Endémica de Venezuela. Es conocida de la región transicional
Lara-Falcón-Yaracuy (Sierra de San Luis, Sierra de Churuguara, Fila Aguada Grande, Sierras de
Matatere y Bobare) y en la región de los Andes, en los estados Lara (Sierra de Portuguesa) y
Trujillo (Carache). Crece entre 200 y 1000 m snm.
La especie Subpilocereus mortensenii (Croizat) Trujillo y Marisela Ponce. Publicado por primera vez en Ernstia (1988) Este nombre fue aceptado siguiendo una taxonomía alternativa por estas autoridades:
Hokche, O., Berry, PE y Huber, O. (eds.) (2008). Nuevo Catálogo de la Flora Vascular de Venezuela: 1-859. Fundación Instituto Botánico de Venezuela. (Citado como Subpilocereus mortensenii.). Este nombre es sinónimo de Cereus mortensenii Publicado por primera vez en Bradleya (1991).
La población se presenta dispersa entre varias localidades, todas
expuestas en mayor o menor grado a más de un factor de amenaza. Los fuegos recurrentes,
vertederos de desechos sólidos, desarrollo de actividades urbanísticas y de pastoreo por la
incorporación de ganado (caprino, bobino y equino), han ocasionado la destrucción del hábitat
de la especie, sin ninguna evidencia de recuperación hasta la fecha. También se conoce de
su explotación como planta ornamental y para la creación de cercas naturales entre terrenos o
viviendas contiguas (J. Nassar, com. pers.).
Una fracción de su población se encuentra en el PN Juan Crisóstomo Falcón;
sin embargo, la especie no recibe ningún tipo de atención especial en esta zona. En el ámbito
internacional está incluida en el Apéndice II de CITES. Se requiere establecer técnicas
in vitro para su propagación bajo condiciones controladas; es necesario además promover
conciencia de conservación en la comunidad.